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En primer lugar, sí, existe una alternativa al sistema público de pensiones y se denomina plan de pensiones, un producto financiero de ahorro orientado a la jubilación, en el cual el inversor realiza aportaciones periódicas que le permiten disponer de una renta o un capital el día de su jubilación, o en su defecto, en caso de enfermedad grave, incapacidad laboral total o permanente, o encontrarse en situación de paro de larga duración (más de doce meses continuados). Sin embargo, desde enero de 2015 existe un nuevo supuesto: también podrás disponer del dinero ahorrado -sin necesidad de justificarlo- una vez hayan transcurrido diez años desde la primera aportación.
Pero… ¿cómo funcionan estos planes de pensiones? Se trata de invertir (tú personalmente, los gestores o las entidades financieras en las que delegues tus ahorros) periódicamente (mensual, trimestral, semestral o anualmente) en renta (fija, variable o mixta), esperando conseguir una rentabilidad extra por ello. Esto quiere decir que en ningún caso tienes garantizado un incremento de la rentabilidad, ya que depende de variaciones y factores externos como la bolsa, el mercado o los bonos del Estado.
Estos planes de pensión, pese a no depender de la Administración, son supervisados por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (organismo del Ministerio de Economía), que se encarga de evitar posibles fraudes controlando la solvencia y el correcto funcionamiento de estas entidades financieras.
Entre las diferentes ventajas que tienen los planes de pensiones, destacamos el ahorro fiscal, debido a que las aportaciones (dinero invertido durante el año) están sujetas a desgravaciones. Es decir, es posible deducir las aportaciones de la base imponible de la declaración de la renta, siempre bajo los límites establecidos por la Ley 35/2016 que indica que esa cantidad nunca podrá superar el 30% de su base imponible (el 50% en caso de que tener más de 50 años).
Para “recuperar” el dinero de estos planes de pensión privados, tenemos tres formas: como renta financiera (cobrar una renta cuya periodicidad e importe varía a deseo y orden del pensionista), como capital (recibir todo el dinero de golpe, en forma de capital único) o de forma mixta (combinando ambas opciones). En este sentido, el comparador de minicréditos WannaCash.es recomienda la primera opción, puesto que en el caso de solicitar íntegramente o gran parte del dinero de tu plan de pensiones, este se añade a la base imponible, y por lo tanto, es muy frecuente que provoque un salto a un tipo marginal superior.
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